En CUPRA Surmoción resolvemos todas tus dudas sobre el impuesto de circulación con información actualizada del 2024. Así, estarás al corriente de cómo funciona el pago de esta tasa y evitarás sanciones y sorpresas. ¡Sigue leyendo!
IVTM qué es
El IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sello o viñeta). Es un tributo obligatorio en España que hay que pagar para poder circular por las vías públicas con un vehículo a motor.
La cantidad a pagar dependerá de la Comunidad Autónoma donde residas y del tipo de vehículo que tengas. Te dejamos una tabla del ayuntamiento con las cuotas de la Comunidad de Madrid para que lo puedas consultar.
Impuesto de circulación 2024: bonificaciones
Por lo general, el impuesto de circulación se calcula en función de varios factores, como la cilindrada del motor, la potencia fiscal, la antigüedad del vehículo y, en algunos casos, las emisiones de CO2. Los propietarios de vehículos están obligados a pagar este impuesto anualmente, y el importe varía según el municipio en el que se encuentre el vehículo y sus características específicas.
De hecho, existen una serie de bonificaciones que reducirán dicho importe:
- El 75% según las emisiones contaminantes del vehículo
- Hasta un 100% en históricos (una antigüedad más de 30 años)
- Un 50% para los vehículos matriculados en Ceuta y en Melilla.
Impuesto de circulación según cilindrada
Las tarifas pueden variar significativamente según el municipio, ya que cada ayuntamiento tiene la potestad de ajustar las tasas dentro de los límites establecidos por el Gobierno central. El impuesto de circulación, también conocido como Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), se paga anualmente en España y varía según la cilindrada del vehículo. Los tramos generales establecidos son:
- Menos de 1.000 cc. Tarifa mínima de alrededor de 12 euros.
- 1.001 – 1.499 cc. Tarifa mínima de alrededor de 34 euros.
- 1.500 – 1.999 cc. Tarifa mínima de alrededor de 71 euros.
- 2.000 – 2.999 cc. Tarifa mínima de alrededor de 122 euros.
- Más de 3.000 cc. Tarifa mínima de alrededor de 152 euros.
Cuándo se paga el impuesto de circulación 2024
Al contrario que el impuesto de matriculación, el de circulación se paga todos los años. En el caso de los vehículos nuevos, debemos pagarlo en el momento de la fecha de compra. Así, podremos circular con él. El pago de la tasa debe cumplir los siguientes requisitos:
- Se debe pagar el día 1 de enero del año en curso
- Debe hacerse en el municipio de la dirección fiscal
- El municipio fiscal debe ser el mismo donde el titular esté empadronado
- Si no es el mismo debe hacerse un cambio en un plazo de 15 días
- El pago puede hacerse online
Motocicletas
El impuesto de circulación aplicado a las motocicletas se calcula en base a la cilindrada, donde se puede encontrar en un rango entre 125 y 1.000 CC. Esta es la tabla precisa para medirlo:
Motocicletas | Cuota anual |
Menos de 125 CC | 7€ |
Entre 125 y 250 CC | 12€ |
Entre 250 y 500 CC | 27€ |
Entre 500 y 1.000 CC | 60€ | Más de 1.000 CC | 121€ |
Camiones
El impuesto de circulación de los camiones se centra en el peso total de la carga útil que tenga, en un intervalo entre 1 y 9 toneladas. Aquí te dejamos una tabla para calcularlo:
Camiones | Cuota anual |
Menos de 1.000 kg de carga útil | 73€ |
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 149€ |
De 2.999 a 9.999 kg de carga útil | 213€ |
Más de 9.900 kg de carga útil | 266€ |
Turismos
El Impuesto de circulación de los turismos se rigen por los caballos fiscales, entre 8 y 20. Calcúlalo a través de esta tabla:
Turismos | Cuota anual |
Menos de 8 caballos fiscales | 20€ |
De 8 a 11,99 caballos fiscales | 59€ |
De 12 a 15,99 caballos fiscales | 129€ |
De 16 a 19,99 caballos fiscales | 179€ | Más de 20 caballos fiscales | 224€ |
Autobuses
El IVTM de los autobuses se enfoca en las plazas que alberga, o dicho de otra manera, los pasajeros que pueden estar sentados.
Autobuses | Cuota anual |
De menos de 21 plazas | 145€ |
De 21 a 50 plazas | 212€ |
Más de 50 plazas | 266€ |
Tractores
El IVTM de los tractores se mide por los caballos de potencia del vehículo.
Tractores | Cuota anual |
Menos de 16 caballos | 32€ |
De 16 a 25 caballos | 50€ |
Más de 25 caballos | 149€ |
Remolques y semirremolques
El IVTM de los remolques y semirremolques se calcula en base a la carga útil que puede mantener.
Remolques y semirremolques | Cuota anual |
Entre 750 y 1.000 kg de carga útil | 32€ |
Entre 1.000 y 2.999 kg de carga útil | 50€ |
Más de 2.999 kg de carga útil | 149€ |
¿Quién debe pagarlo?
El pago de esta tasa fiscal debe ser abonado por el propietario del vehículo, es decir, el titular. El titular es la persona que figura como propietaria del vehículo en los registros de la Dirección General de Tráfico (DGT). Debe hacerlo declarando su domicilio fiscal y, en caso de que este cambie, se debe notificar lo antes posible para evitar problemas. Esto se debe a su objetivo principal del impuesto: gravar la titularidad de los vehículos matriculados que circulan por el territorio español.
¿Cómo saber si lo he pagado?
Para saber si has pagado la tasa debes acceder a los informes de la Dirección General de Tráfico. Esto es importante a la hora de comprar un coche de segunda mano, ya que, como no has abonado tu el pago, no sabes si está hecho o no. Para solicitar esta documentación tendrás que acudir a un centro oficial o a la página web de la DGT.
¿Qué coches están exentos del IVTM?
Los vehículos exentos en este tributo son:
- Los vehículos oficiales
- Los vehículos de uso diplomático
- Los vehículos de servicio sanitario
- Los destinados al transporte de una persona con movilidad reducida de grado igual o mayor al 33%
- Los de maquinaría con Cartilla de Inspección Agrícola
¿Qué pasa si no lo pago?
El impago de la tasa supone una sanción de hasta 500 euros. Además, podrían embargarte el vehículo en caso de que la deuda con el ayuntamiento sea muy elevada. También te enfrentarías a no poder vender este vehículo. Como titular debes hacerte cargo de este pago antes de realizar la venta.
Además, si no lo pagas y sufres un accidente, es muy probable que el seguro no se haga cargo de la indemnización. Por eso, conviene estar al día en el pago de todas las tasas correspondientes. Para evitar su impago, lo mejor es domiciliarlo a nuestra cuenta correspondiente. De esa forma, cada año se pasará la tasa y no tendremos que recordar cuándo es la fecha.